Condiciones de venta
1 º PRECIOS
Los precios se entienden francos en nuestro almacén.
2 º GARANTIA
Las mercancías objeto de este pedido quedan sujetas al pago de las cantidades que en cualquier momento adeude el comprador a Inox Naparra S.A. La falta de pago por parte del comprador en cualquier vencimiento autorizara a Inox Naparra S.A. a retirar y hacerse cargo de los productos de su fabricación en poder del moroso en la cuantía que se estime necesario para cubrir el crédito deudor.
3 º IMPUESTOS
Todos los impuestos que puedan originarse por motivo de esta operación serán a cuenta y cargo del comprador.
4 º TRANSPORTE
Las mercancías viajarán siempre por cuenta y riesgo del comprador aun cuando la expedición sea a portes pagados.
5 º MATERIAL
El cliente asume toda la responsabilidad de la concepción de las piezas, en función del resultado industrial previsto y que solamente el conoce con exactitud.
Decide por consiguiente el pliego de condiciones técnicas que fija las especificaciones destinadas a definir, en todos sus aspectos, las piezas a fabricar, así como la naturaleza y las modalidades de los controles y ensayos impuestos para su recepción.
La aceptación por el cliente de propuestas para la fundición, relativas a una mejora cualquiera del pliego de condiciones técnicas no impide de ninguna manera un traspaso de la responsabilidad, quedando en todos los casos la concepción a cargo del cliente exclusivamente.
6 º NO CONFORMIDADES DE MATERIAL
La garantía de la fundición consiste en reemplazar en el plazo más breve posible, las piezas que no estén conformes con el pliego de condiciones técnicas contractual, o con las piezas tipos aceptadas expresamente por el cliente.
La garantía no se aplica en ningún caso:
- A las averías causadas por una pieza defectuosa, en el curso de su utilización, si el cliente ha cometido el grave error de utilizarla sin haber procedido a todos los controles que requiere su concepción.
- A los gastos de las operaciones que sufren las piezas antes de su puesta en servicio, principalmente los controles y mecanizados que descubren los defectos rechazables conforme al contrato, si estas no son imputables a un error grave de fundición, que en un profesional cualificado no hubiera cometido respecto a la dificultad de ejecución de las piezas.
- Las divergencias que pudieran suscitarse serán tratadas a través de los tribunales de Pamplona con renuncia expresa a cualquier otro fuero.